En todo caso, el patrón informará a dichos jóvenes y a sus padres o tutores que hayan intervenido en la contratación, conforme a lo dispuesto en la documento b) del artículo 7 del texto refundido de la índole del Estatuto de los Trabajadores aceptado por el Verdadero Decreto asamblea 1/1995, https://medinaempresarialsst.com/seguridad-y-salud-en-el-trabajo-en-colombia/